Turno hoy para hablar de los herederos forzosos. ¿Quiénes son? ¿Qué rol tienen dentro de la herencia? ¿Como distinguirlos de otras figuras como el legatario? A todos esos aspectos vamos a dedicar nuestro post de esta semana.

El proceso de liquidar la herencia

Antes de avanzar en otras cuestiones, te recordamos que en nuestro blog dispones de otros muchos artículos relacionados con el ámbito de las herencias, por si es de tu interés ampliar información.

Si has llegado hasta este post, es muy probable que estés en pleno proceso de resolución de la herencia familiar.

Es por eso que te anotamos más contenidos sobre sucesiones, además del que nos ocupa en esta ocasión.

Si estás en pleno proceso de resolución de la herencia familiar, te interesará leer los apuntes que dimos al respecto en un post con las claves eficaces para la liquidación de la herencia. 

Y hecho este apunte, vamos ya al tema de los herederos forzosos que nos ocupa en este momento.

¿Quiénes son herederos forzosos?

Un heredero forzoso (o legitimario) es aquella persona que no puede quedar excluida de una herencia por el causante, es decir, el fallecido.

Son herederos forzosos los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes y no pueden quedar excluidos de la herencia. El primer grado corresponde a los hijos. De haberlos, la legítima será para ellos no quedando nada para nietos, ni ascendentes. 

quienes son los herederos forzosos

En España se puede desheredar, pero bajo circunstancias muy concretas y poco habituales que abordaremos en otro post.

Los herederos forzosos son aquellos que, por Ley, no pueden quedar excluidos de la herencia. Les corresponde como mínimo la legítima, que es una de las tres partes en las que se divide una herencia.

El papel del testamento

El testamento es crítico en esta explicación. Lo afirmamos porque si la persona que fallece y causa el inicio del proceso ha dejado hecho testamento existen dos clases de herederos:

  • Los herederos forzosos o legítimos, que son los que lo heredan (en derechos y obligaciones, es decir activo y pasivo, es decir, bienes y deudas) en todas las circunstancias, con testamento y sin él.  El más típico son los hijos y nietos. En ausencia de todos estos, heredan los padres. 
  • Los herederos voluntarios o no forzosos, que aparecen nombrados expresamente en el testamento por voluntad del testador. Por ejemplo: amigos, entidades benéficas o no etc.

El testador, que es la persona que hace el testamento y a la que se heredará, no puede dejar fuera (ya hemos dicho, que salvo en supuestos de desheredación aprobada y concreta) a los legitimarios, que son herederos forzosos como su propio nombre indica.  

El código civil nos dice que esos herederos forzosos son —por orden—:

  • Los hijos.
  • Si no quedan hijos, los nietos.
  • Si no hay ninguno de los anteriores, heredan los padres o ascendientes vivos del fallecido.
  • En ausencia de todos los anteriores, el viudo/a.

¿Qué heredan los herederos forzosos?

La ley nos dice que una herencia se divide en tres partes o tercios:

  • Tercio de legítima: reservado solo para los herederos forzosos.
  • Tercio de mejora: el testador puede destinar libremente a mejorar al/los herederos que desee. 
  • Tercio de libre disposición: la parte que el testador puede destinar como quiera a quien quiera. 

Sobre la legítima, el testador no tiene potestad. Es para sus herederos sí o sí. Sobre el de mejora, puede disponer con libertad, pero en favor de alguno de los herederos. Es una discrecionalidad no total. El tercio de libre disposición da libertad absoluta el testador que, con esta tercera parte puede hacer y deshacer como le parezca bien sin ninguna norma. 

Si no se define mejora ni libre disposición por testamento, todo el caudal hereditario pasará a ser parte de la legítima e irá para los herederos.

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