En la actualidad existen muchas familias que están optando por realizar donaciones en vida a sus hijos, con el fin de evitar el impuesto de Sucesiones. Recordemos que en estos momentos, este impuesto además, no es igual de virulento en todas las comunidades autónomas de nuestro país, lo que fuerza a muchos padres a buscar opciones alternativas que protejan el patrimonio por el que ya han pagado.
Las donaciones también tiene adheridas unas obligaciones fiscales tanto para el que las emite, como para aquellas personas que las reciben. Sin embargo en algunas ocasiones esta opción puede ser más beneficiosa.
¿En qué consiste el impuesto sobre donaciones?
El impuesto sobre donaciones recae sobre la persona que recibe este regalo en vida y cuenta con un plazo de treinta días hábiles para proceder a su liquidación. ¿Es posible aplazarlo o retrasar el pago de alguna manera? No, no lo es. Sólo se contará con ese periodo de tiempo.
El pago del impuesto sobre donaciones no se abona en el mismo lugar. Este dependerá de aquello que se “regale”. Ante esta situación, habrá personas a las que les pueda surgir la duda de qué se puede donar. Los bienes que pueden ser fruto de una donación se pueden englobar en la siguiente clasificación:
- Dinero. El dinero es un bien mueble que se puede donar. Para ello es necesario simplemente un documento privado, sin embargo existen algunas comunidades autónomas donde podrás recibir ventajas fiscales por la donación. En los casos en los que queremos beneficiarnos de esas ventajas, sí será necesario realizar una escritura pública para la donación. En el caso de las donaciones de dinero, la liquidación del impuesto se presentará en el lugar de residencia de la persona receptora de la donación.
- Bienes muebles. Nos referimos a bienes muebles cuando se trata de propiedades de gran valor que se quieren pasar de unas manos a otras. Hablamos por ejemplo de obras de arte o de joyas por ejemplo. En estos casos, salvo que las personas así lo deseen, no será necesario acudir a un notario que haga escritura pública, con un documento privado será suficiente. En estos casos la presentación para la liquidación del impuesto también se realizará en el lugar de residencia de la persona que recibe la donación.
- Bienes inmuebles. Este es el único caso en el que sí necesitarás ir a un notario para realizar una escritura pública de donación de un bien inmueble como puede ser una vivienda, un local comercial, un terreno, o cualquier otra propiedad de este tipo. A diferencia del dinero y de los bienes muebles, en este caso la presentación y la liquidación del impuesto de donaciones se realiza en la comunidad autónoma donde se encuentra la propiedad que se dona.
¿Tienen ventajas las donaciones entre padres e hijos frente a las herencias?
Depende de la comunidad autónoma. En algunas ocasiones el impuesto de sucesiones es tan alto que si lo comparamos con el donaciones una vez que se aplican las bonificaciones, este último será prácticamente nulo y por lo tanto sí que merece la pena. Sin embargo hay otras comunidades autónomas donde las donaciones no tienen tantas ventajas y además el impuesto de sucesiones es menor que en otras comunidades, por lo que merecerá la pena optar por la herencia.
Una de las ventajas que tienen las donaciones es que evitan conflictos en la familia tras el fallecimiento de los progenitores. Por eso en el caso de que los padres tengan claro en vida cuál es el reparto que quieren hacer, la donación es una buena noticia.
Gestionar el patrimonio familiar tiene muchas particularidades, por eso desde este despacho animamos a contar con la presencia de un abogado especialista en el caso de no tener un abogado familiar de forma habitual. Su conocimiento ayudará a proteger los bienes familiares y a no pagar más de lo necesario por ello. Estudiará la mejor opción dentro de los lugares de residencia en los que se encuentren los miembros y cómo realizar el proceso de donación o herencia. Si tienes dudas, o buscas más información, ponte en contacto con nosotros sin ningún compromiso.