La vacuna Covid 19 ha llegado a nuestro país y aunque la vacunación no es obligatoria en España, la situación que vivimos puede llevar al Gobierno a establecer un cambio de tendencia al respecto. El riesgo al que el ciudadano está expuesto y la protección que ofrecen las distintas vacunas que ya están en el mercado, hace pensar que la predisposición hacia ellas debería ser buena; sin embargo y a pesar de ser un país en el que solemos tener un índice muy pequeño de antivacunas, la premura en los plazos así como la vulnerabilidad que hemos desarrollado a nivel personal, ha hecho que un número importante de la población ha aumentado su rechazo a ponerse la vacuna. Pero, ¿qué pasa si una persona decide no poner la vacuna Covid 19 en el momento en el que el sistema sanitario se pone en contacto con ella? ¿puede tener alguna repercusión? y… ¿qué ocurre si es mi empresa la que me exige ponerme la vacuna?

Como empresario, puedo decidir con quién firmo un contrato», Christa Scheng, presidenta del Comité Económico y Social Europeo (CESE)

La Unión Europea ya ha puesto el dedo sobre el entorno laboral y sobre la “libertad” que existe cuando dos partes firman un contrato. Sin embargo esa libertad del empresario choca de forma directa con ciertos derechos y libertades reconocidos por la ley para los trabajadores. Según establece la Constitución Española en los artículos 14 y 15, ningún español puede ser discriminado por ningún motivo y todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral. Pero la ley también ampara al empresario, en concreto en el artículo 17 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en los siguientes artículos (relativos al derecho a la salud y a la seguridad en el trabajo). Este conflicto abre el campo a la ambigüedad en el entorno empresarial para concretar los motivos por los que una persona pierde su puesto de trabajo o no está en igualdad de condiciones a la hora de acceder a un puesto nuevo.

 Vacuna Covid 19, ¿todos los sectores están en las mismas condiciones?

Otro de los debates que hay sobre la mesa es si todos los sectores están en el mismo punto y por tanto como trabajador perteneciente a un gremio, tienes más posibilidades o menos de negarte a ponerte la vacuna. En estos momento lo que determina la imperiosidad de ponerse la vacuna es la capacidad que una persona tiene de ponerse a sí mismo o a quien le rodea en riesgo ante la posibilidad de contraer la enfermedad. Personal sanitario, profesionales de la educación, cuidadores en centros de personas mayores o dependientes, son algunos ejemplos de trabajadores que tendrán menos argumentos para negarse a la vacunación. 

Despido objetivo por negarse a inyectarse la vacuna Covid 19

El despido objetivo está basado en la negación de un empleado de adaptarse a nuevas circunstancias que su puesto de trabajo pudiera requerir, y la inmunización contra el coronavirus en algunos puestos de trabajo es una de ellas. Es por eso por lo que para algunos trabajadores no sería una opción, a nivel laboral hablando, y el despido podría variar de ser improcedente a procedente, según el riesgo al que se exponga a cuantos le rodean en su horario laboral por el puesto que desempeña. A todo lo ya expuesto sumamos la responsabilidad como persona y ciudadanos que se presume en unas circunstancias de pandemia como las que vivimos. 

Desde este despacho ofrecemos la posibilidad a empresas y empleados a consultar las opciones legales que existen en cada caso para asegurar las garantías legales que existen para todas las partes implicadas.

 

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