Muchas personas indagan en internet acerca de ¿Qué es una demanda de modificación de medidas? Vamos a dedicar el post de esta semana a explicarlo. A mayores, muchos de nuestros lectores ignoran el hecho de que se pueden modificar las medidas que en su día entraron a formar parte de un convenio regulador de divorcio.

De manera rápida te diremos que un convenio regulador es un documento en el que las partes, es decir los que se van a divorciar, establece cuáles son las medidas que van a regular ese divorcio y la nueva vida familiar que se abre tras él. Cuando existen hijos menores de edad el proceso tiene que judicializarse siempre. De no haber hijos, el convenio se puede alcanzar mutuo acuerdo o por la vía contenciosa.

En cualquier caso se van a establecer unas medidas que regularán esta nueva relación. Pues bien, estas medidas pueden sufrir modificaciones posteriores cuando así lo solicita alguno de los cónyuges (si bien está sujeto a algunos condicionamientos).

¿Qué es una demanda de modificación de medidas?

Como su propio nombre indica la modificación de medidas hace referencia a un cambio en medidas que ya teníamos acordadas anteriormente. Dichas medidas pueden venir de un convenio regulador mutuamente acordado y firmado entre los cónyuges o directamente de una sentencia tras un juicio.

Cuando una de las dos partes intervinientes en el proceso presenta una demanda de modificación de medidas se abre un procedimiento especial para ello, que entre otras cosas conlleva un juicio.

¿Cuándo se plantea una modificación de medidas del convenio regulador?

En un párrafo anterior, el tercero, te habíamos marcado entre paréntesis y negrita que la modificación de medidas que estaba sujeta algunos condicionamientos.

La condición para plantear una modificación de medidas del convenio regulador es que se haya producido una alteración sustancial de las condiciones que se tuvieron en cuenta para aprobar aquellas medidas.

Por ejemplo, visto que en un convenio regulador se toman decisiones importantes a nivel económico, puede ocurrir que uno de los cónyuges (ex cónyuges) sufra una alteración significativa a nivel económico por ejemplo puede ser perder su puesto de trabajo y ver mermada su capacidad económica. Si al momento de la firma del convenio regulador esta persona se ajustó a unas medidas económicas que sin embargo ahora no concuerdan con su nueva y actual situación retributiva, puede solicitar una modificación de medidas amparándose en este nuevo giro de los acontecimientos.

Si cambian las circunstancias que se tuvieron en cuenta para adoptar aquellas medidas, entonces la ley prevé que se puedan modificar aquellas medidas que emanaban de esa circunstancia.

Modificación de la custodia

Este es un caso particular, para el que te recomendamos hablar con especialistas en la materia y ver pormenorizadamente tu caso.

En una sentencia de 2019 del Tribunal Supremo, se argumenta que cuando la modificación de medidas del convenio regulador apunta a la custodia de los hijos no es necesario que concurra una modificación circunstancial de las condiciones, sino que la modificación que se plantea vaya a repercutir en bien (en mejoramiento) de los hijos.

Como ustedes ya saben, cuando hay menores, la ley los protege por encima de todo. Siempre debe primar el interés del menor

Fases en un juicio de modificación de medidas

  • Previa de intento de conciliación
  • Ratificación por parte del demandante de esa modificación de medidas
  • Contestación
  • Proposición de prueba. Documentos, testigos, informes, psicosociales… que prueben que las circunstancias han cambiado sensiblemente respecto de cuando se firmó el convenio regulador y por ello debe modificarse.
  • Realización de la vista. Interrogatorio de partes, peritos, testigos…
  • Conclusiones finales. Valoramos las pruebas y argumentamos nuestra postura
  • Sentencia
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