Ley de memoria democrática y acceso a la nacionalidad, ¿qué significación puede tener la primera en lo segundo? La nueva Ley de memoria democrática abre una nueva puerta acceso a la nacionalidad para los descendientes de españoles en el exterior.

Un avance significativo porque recoge ciertos supuestos para acceder a la nacionalidad española que antes no estaban explicitados.

Ley de memoria democrática y acceso a la nacionalidad

Apunta la ley a la:

«Salvaguarda y difusión de la memoria democrática, entendida ésta como conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España», y anota el objetivo de «fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales». 

La gran revolución de este proyecto de ley, es la posibilidad de adquirir la nacionalidad española que se otorga a hijos y nietos de españoles, que hayan nacido fuera de España.

Es decir, es una medida que permite aprobar la concesión de la nacionalidad española a los descendientes de españoles, que han nacido fuera del territorio español.

¿Cuándo puedo acogerme a la Ley de Memoria Democrática para solicitar la nacionalidad española?

El texto legal ya establece —en su disposición adicional octava— cuáles son los supuestos a los que nos podemos acoger para solicitar la nacionalidad española, amparándonos en la Ley de Memoria Democrática. Estar contemplado en uno de estos supuestos implica poder acogerse a la ciudadanía española:

  • Los nacidos de padre, madre, abuelo o abuela (hijos o nietos) españoles que han sufrido exilio por razones ideológicas, políticas, de creencias o de identidad sexual y que han perdido o renunciado a la nacionalidad española.
  • Hijos e hijas nacidas fuera de España, de madres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Hijos e hijas mayores de edad de españoles a los que les fue reconocida su nacionalidad de origen por la Ley de Memoria Histórica. Es decir, con la LMH, hubo una serie de personas que adquirieron la nacionalidad española y sus hijos menores de edad por adopción. Pues bien, esta ley de Memoria Democrática reconoce esa adopción también a los mayores de edad. También sirve para los hijos mayores de edad para los que adquieran la nacionalidad con esta Ley de Memoria Democrática.

Conclusión

Si reúnes alguno de los requisitos ya descritos en el epígrafe inmediatamente anterior, este es tu momento para solicitar la nacionalidad española amparándote en la Ley de Memoria Democrática.

Si no puedes optar a ella, pero quieres explorar otras opciones a que pudieras acogerte para optar a la nacionalidad española, solo tienes que dejarnos un mensaje por el canal que consideres oportuno y estaremos encantados de atenderte a la mayor brevedad posible.

Somos especialistas en derecho de extranjería en Villanueva de la Cañada y cada día, ayudamos a muchas personas a ser reconocidos en todo el abanico de derechos reconocidos para ellos en España.

Divorcios en Villanueva de la Cañada

Norma Castelli

Abogada especialista en Extranjería con despacho en Madrid y que atiende clientes en toda España.

es_ESSpanish
Ir al contenido