La Golden Visa en España está siendo objeto de estudio. La figura de la Golden Visa en España está siendo revisada, pues no convence la modalidad en que la inversión inmobiliaria sea la llave para obtener un visado en España (y, por tanto, en la UE).

Como especialistas en extranjería, queremos ofrecerte una inversión eficaz para tu conocimiento. Como sabes, puedes consultarnos cualquier duda al respecto.

¿Qué es la Golden Visa?

Las personas extranjeras que no residen en la Unión Europea pueden solicitar un visado o una autorización de residencia si realizan una inversión de capital significativa en España, en los siguientes casos:

  • Inversiones financieras, cumpliendo al menos uno de los siguientes requisitos:
  • Una inversión inicial de al menos dos millones de euros en deuda pública española.
  • Una inversión de un millón de euros en acciones o participaciones de empresas españolas activas.
  • Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión cerrados o fondos de capital riesgo españoles, regulados por la Ley 35/2003 o la Ley 22/2014.
  • Un millón de euros en depósitos en bancos españoles.
  • Compra de bienes inmuebles en España con una inversión mínima de 500.000 euros por solicitante.
  • Proyecto empresarial que cuente con un informe favorable, que deberá tramitarse antes de solicitar el visado o la residencia. Para obtener dicho informe es necesario presentar:
  • Formulario de solicitud de informe de proyecto empresarial.
  • Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
  • Si la solicitud la presenta un representante, se deberá incluir la autorización correspondiente junto con el DNI o Pasaporte del representante.

Documentos necesarios para solicitar visado o autorización de residencia para inversores:

Documentos específicos para inversores en activos financieros:

  • Inversión en empresas no cotizadas: Declaración de inversión registrada en el Ministerio de Economía.
  • Inversión en acciones cotizadas: Certificado de un intermediario financiero registrado en la CNMV o el Banco de España.
  • Inversión en deuda pública: Certificado de la entidad financiera o del Banco de España confirmando que el solicitante es titular único de la inversión por al menos 5 años.
  • Inversión en fondos de inversión o capital riesgo: Certificación de la CNMV indicando una inversión de al menos un millón de euros.
  • Depósitos bancarios: Certificado de la entidad bancaria que acredite al solicitante como titular único del depósito.
  • Validez de certificados: Los certificados deben estar emitidos en los 60 días previos a la solicitud de visado o en los 30 días previos para la autorización de residencia.

Documentos para adquisición de inmuebles:

    • Certificación de dominio y cargas: Emitida por el Registro de la Propiedad, acreditando una inversión libre de cargas de al menos 500.000 euros.
    • Visado: Aportar un código de verificación electrónica o escritura pública. Si la inscripción está en trámite, presentar el asiento de presentación y la prueba de pago de impuestos.
    • Autorización de residencia: Certificado de dominio y cargas emitido en los 90 días previos.
    • Compra no formalizada: Presentar un precontrato con garantía y un certificado de depósito bancario que cubra la compra e impuestos.

    Proyecto empresarial:

      • Informe favorable: Previo a la solicitud de visado o residencia, se debe presentar:
        • Formulario de solicitud.
        • Documento de Identidad o Pasaporte.
        • Autorización en caso de representante.
        • Currículo del solicitante detallando experiencia y formación.
        • Plan del proyecto empresarial que justifique al menos una de las siguientes: creación de empleo, impacto socioeconómico relevante, o innovación científica/tecnológica.
      • Dónde solicitar el informe: Para el visado, en la Oficina Económica y Comercial de la zona de solicitud; para la residencia, en la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

      Inversión a través de Persona Jurídica:

        • La empresa debe estar domiciliada fuera de paraísos fiscales.
        • Documentación que acredite que el solicitante tiene control de los derechos de voto y la capacidad de designar a la mayoría de los miembros de la administración.
        • Dónde solicitar el informe: Para visado, en la Oficina Económica y Comercial; para residencia, en la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
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