Las actividades extraescolares en hijos de padres divorciados, generan en ocasiones un problema de concordancia entre los antiguos cónyuges, que merecen ser abordadas con conocimiento de causa para llegar a la mejor solución en interés del menor. En este post, con el ánimo de ser de la mayor utilidad, queremos darte tanto la pauta legal como consejos de orden cotidiano —hemos visto decenas de casos como el tuyo— para que te organices mejor en esta nueva situación familiar.

Lo primero que debes saber es que todo lo que tenga que ver con la vida curricular de los hijos, deben decidirlo los padres de mutuo acuerdo y debe estar inspirado siempre en el respeto a las necesidades del menor. Sus derechos y necesidades por encima de todo.

Actividades extraescolares en hijos de padres divorciados

Vamos a sentar las pautas de funcionamiento de las actividades extraescolares, para que los padres divorciados o separados que lean este post queden debidamente informados.

Al producirse el divorcio, se establecen las medidas que se tomarán respecto a la nueva organización de la vida de los hijos dentro del nuevo orden de vida familiar. En el caso de un divorcio donde hay hijos menores, el juzgado actúa de oficio —interviene siempre— porque tiene que validar todas las decisiones —incluso si son de común acuerdo— para ejercer su labor de velar por la prevalencia de los derechos del menor.

En ese convenio, se suelen establecer los gastos escolares dentro de los gastos ordinarios incluidos dentro de la pensión. Es decir, que la educación de los hijos se costeará a partes iguales por ambos progenitores, sea custodio o no custodio o en custodia compartida.

¿Quién decide sobre las clases extraescolares?

En un contexto ideal, deberá escucharse la opinión del menor. Hay muchos padres que quieren apuntar sí o sí al niño a piano, ilusionados ante el nuevo Mozart, cuando el niño no hace más que expresar su desafección por esa actividad. Hay que dialogar con el menor, escuchar su intención y tomarlo en cuenta.

Distinto es para el caso de asignaturas de refuerzo, inglés etc. que podrían ser aconsejadas por sus tutores y casi formarían parte de su educación fundamental.

De igual forma, se necesitará el consenso de ambos padres, valiendo la opinión del progenitor no custodio.

Llegados a ese acuerdo, los gastos de apuntar al menor a ballet, kárate o baloncesto se cubrirán a partes iguales en ambos progenitores.

Otras consideraciones y matices

Puede ser que uno de los progenitores elija unilateralmente apuntar a su hijo/a a una actividad extraescolar en concreto. No contando con la oposición pero tampoco con la aprobación del otro progenitor.

¿Podría apuntarlo entonces?

Sí, pero en tal caso y siendo una decisión unilateral, estaría sujeta a varios requisitos:

  • No ser opuesto a creencias o deseos explícitos del otro progenitor.
  • No ocupar espacio del tiempo de convivencia con el otro progenitor
  • Asumir el coste igual que la decisión, esto es: unilateralmente.

Coordínate e informa al centro escolar o actividad

Uno de los mejores consejos que os podemos brindar es que pongáis en conocimiento del centro escolar (y del centro en el que vuestros hijos realizan las actividades extraescolares) el régimen de custodia del menor. Así podrán organizarse de acuerdo a vuestros turnos, calendario con cada progenitor, saber quién le recogerá en cada momento etc.

Muchos centros, tienen un protocolo ya establecido para atender de la mejor manera a hijos de padres no convivientes, por tanto a mayor coordinación familia-centro exista, mejor para los pequeños.

Recuerda que el interés del menor, prevalece siempre.

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