Hablamos del Impago de la pensión de alimentos en Villanueva de la Cañada (municipio en el que tienes a tu disposición nuestro despacho) o en cualquier otro punto de España en el que te encuentres. Es un problema bastante extendido y tenemos el reto —como abogados y como sociedad— de divulgar sobre la materia. Porque una población mejor informada, está mejor preparada para actuar en consecuencia y bien propio.
Impago de la pensión de alimentos en Villanueva de la Cañada (o en tu municipio) ¿Qué es?
El pago de la pensión de alimentos es una obligación que viene recogida en la sentencia de separación, divorcio o medidas paternofiliales. Es una orden, por lo que su impago va a suponer sin paliativos el incumplimiento de un mandato judicial, lo que siempre va a conllevar consecuencias legales directas para el progenitor que elude el pago. Ese acto de no pagar la pensión de alimentos a que está obligado el progenitor es el delito de impago de pensión de alimentos.
Una vez explicado este aspecto, ahora os contaremos qué medidas y alternativas se pueden seguir en caso de existir un impago de la pensión de alimentos y qué consecuencias pueden esperarse de cada una de las opciones. Avancemos.
¿Dónde se recoge esa obligación de pago de la pensión de alimentos?
Si hubo un matrimonio y un posterior divorcio —habiendo hijos menores de edad nacidos del mismo—, la sentencia de divorcio dictó esas medidas paternofiliales entre las que aparece la pensión de alimentos entre otras de obligado cumplimiento para los progenitores.
Si no había matrimonio, hubo una sentencia que determinó las medidas que iban a regir la relación (derechos y obligaciones) con los hijos y es ese el espacio en el que cabe encontrar la pensión de alimentos a que hacemos referencia. Sería la sentencia que establece las medidas paternofiliales.
¿Cuánto tiempo deberé pagar la pensión de alimentos?
Depende de cada caso. No hay un plazo fijado. Normalmente la pensión de alimentos se va a tener que abonar durante mucho tiempo: ¿pero cuánto?
Tanto como transcurra desde el momento del divorcio hasta que tus hijos sean independientes económicamente. ¡Ojo! No hasta los dieciocho años, sino hasta que sean independientes económicamente.
No dejes de tener en cuenta que es una carrera de fondo, la asunción de una obligación de pago muy a largo plazo, tal vez décadas. Esto tiene también que hacernos recapacitar en que habrá periodos en que nos cueste más esfuerzo pagar la pensión (caída de facturación en negocio propio; pérdida de empleo…) en los que se puede solicitar incluso una modificación de medidas paternofiliales amparándose en un cambio pronunciado en el contexto de ese progenitor.
El delito de impago de pensiones
Podremos hablar de una infracción cuando el progenitor no abona la pensión, no por imposibilidad sino por falta de voluntad del progenitor. Los motivos serán muy variados pero acabando en el mismo resultado: el impago de la pensión de alimentos.
Si como progenitor, no recibes el pago de la pensión de alimentos, tienes derecho a denunciar esta situación y estamos aquí para ayudarte. Igualmente, si tienes dificultades para asumir el pago de la pensión de alimentos a que estás obligado, estamos aquí para que puedas solicita una modificación de medidas acorde a tu contexto económico actual.
En siguientes posts, vamos a seguir desglosando esta cuestión para que tengas el máximo de información.
Norma Castelli
Norma Castelli es abogada especialista en Derecho de Familia. Su despacho, en Villanueva de la Cañada es una referencia en ámbitos como:
- SEPARACIONES
- DIVORCIOS
- DIVORCIO CON HIJOS
- DIVORCIO SIN HIJOS
- MEDIDAS PATERNOFILIALES
- GUARDA Y CUSTODIA
- PATRIA POTESTAD
- RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL
- MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
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